lunes, 28 de mayo de 2012

Reglamento de Radiodifusión Sonora y Televisión Abierta



  El presente reglamento el cual fue aprobado tiene como finalidad garantizar a la comunidad en general la transparencia de las comunidades organizadas, son servicios gratuitos y públicos abiertos a la transformación de información de audio destinada, para ser percibida por el público en general,. que busca una comunicación libre y alternativa, integrando una programación comunitaria, donde estas son participativas en todas las fases de la producción.

  Atendiendo las necesidades de cada persona,como productor comunitario, sea jurídico o natural, garantizando a la comunidad conceptos claros de radio difusión sonara y comunitaria, teniendo como base productores independientes,mediante estos artículos podemos contemplar los requisitos para la obtención de las habilidades de radio difusión sonora y televisión abierta comunitaria, al servicio de la comunidad en general, como concesiones correspondientes sin fines de lucro,las fundaciones constituidas deben ser altamente comunitarias, sino no entran en la concesión.

Estas tienen un periodo  de seis meses la primera salida al aire  y en el transcurso de nueve meses puede alcanzar las dos horas, estos nuevos promotores deben tener en cuenta una serie de aparatos y normas, como colocar los filtros las operaciones deben establecerse en el marco establecido de la radio difusión.

                                                                               



                                                                                      María Eugenia Valera Pantoja
                                                                                     C.I: 12.689.300

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